La reforma en materia de pensiones favorece a personas adscritas al IMSS que hayan comenzado a cotizar a partir del 1° de julio de 1997
La iniciativa de reforma a la Constitución en materia de pensiones garantizará la entrega al 100% del último salario obtenido por trabajadoras y trabajadoresincorporados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
Así lo explicó la secretaria de Gobernación (Segob), Luisa María Alcalde Luján, en conferencia de prensa matutina con el presidente Andrés Manuel López Obrador.
La funcionaria detalló que la modificación a la Carta Magna aplicará para trabajadores de 65 años que cumplen con los requisitos y se pensionen una vez aprobada la reforma y el Fondo de Pensiones para el Bienestar.
Además, favorece a personas adscritas al IMSS que hayan comenzado a cotizar a partir del 1° de julio de 1997. Así como a empleados afiliados en el ISSSTE bajo el régimen de cuentas individuales a partir del 1° de abril de 2007.
“Se trata de dignificar. De reconocer el trabajo de toda la vida de los trabajadores y revertir estas reformas que tanto dañaron a la clase trabajadora en México”, dijo.
Asimismo, comentó que el Fondo de Pensiones para el Bienestar del Gobierno de México asegurará la pensión por un salario promedio de 16 mil 777 pesos, en el caso de las y los derechohabientes del IMSS.
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¿Cómo se financiará?
El instrumento de financiamiento partirá de un capital semilla de 64 mil millones de pesos que no compromete los ingresos del país. Para consolidarlo se emplearán:
- Recursos de operaciones del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (Indep)
- Liquidación de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero.
- Venta de terrenos del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur)
- Cobro de adeudos de entidades públicas con el ISSSTE, IMSS y el Servicio de Administración Tributaria (SAT)
- Recursos de la aplicación de los artículos 302 de la Ley del Seguro Social y 37 de la Ley del Infonavit
Los recursos complementarios posteriores de este fondo serán resultado de:
- Liberación de fideicomisos del Poder Judicial de la Federación, que resolverá la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
- Ahorros de la extinción de organismos creados para proteger la corrupción durante el periodo neoliberal. Esta medida es parte de una iniciativa de reforma adicional que postula la eliminación de duplicidad de funciones
- Utilidades generadas hasta por el 25% de las empresas paraestatales de las secretarías de la Defensa Nacional (Sedena) y de Marina (Semar)
- Capitalización de los rendimientos generados por las inversiones del Fondo de Pensiones para el Bienestar.